Noticias falsas, influencer y publicidades.
Redacción EntreMes / publicidadentremes@gmail.com
El Tribunal Electoral (TE) reitera a la ciudadanía que sancionará con pena de prisión de dos (2) a cuatro (4) años y suspensión de los derechos ciudadanos e inhabilitación para el ejercicio de funciones públicas por igual periodo, a quien manipule información en los medios digitales de forma masiva con el propósito de alterar o afectar la integridad de un proceso electoral, tal cual lo establece el artículo 539 del Código Electoral.
Se consideran conductas de manipulación digital:
- Perfiles o contenidos falsos generados por medio de la Inteligencia Artificial (IA)
- Cuentas falsas o “bots” y otras formas tecnologías automatizadas para amplificar contenidos dañinos
- Contratación de redes de usuarios para amplificar contenidos engañosos
- Grupos y páginas privadas en redes sociales para difundir noticias falsas
- Contratar influencers para difundir información engañosa en redes sociales
- Crear o administrar sitios web de “noticias falsas” para publicar historias falsas, engañosas o inexactas
- Manipular la información a través de la edición de imágenes, audios o videos
- Presentar información verdadera en un contexto engañoso, para dar una impresión errónea
- Fomentar y difundir teorías de conspiración que carecen de fundamento en hechos verificables (Propagación de Teorías Conspirativas)
- Utilizar la publicidad en redes sociales para dirigir contenido falso o engañoso a audiencias específicas.
También se considera conducta de manipulación digital:
- Difusión de desinformación a través de plataformas como WhatsApp, Telegram, entre otras
- Piratear fuentes de información privada o confidencial y filtrar información al público para socavar la integridad del proceso electoral
- Piratear cuentas de personas reales para difundir información errónea o desinformación a grandes audiencias
- Manipular los motores de búsqueda con palabras claves que colocan la desinformación como primera opción
- Usar plataformas publicitarias en línea para recopilar datos personales sobre los usuarios y dirigirse a ellos con mensajes políticos persuasivos
- Bloquear, redirigir o limitar el acceso a ciertos tipos de información electoral en línea
- Usar algoritmos y análisis de datos para dirigir contenido falso o engañoso a grupos muy específicos
- Usar la intimidación o el acoso de personas para desacreditar a individuos mediante la difusión de información falsa y provocar una reacción emocional
- Violar reiteradamente las normas de propaganda electoral
- Cualquiera otra conducta que, a través de medios digitales, afecte la percepción o el comportamiento del electorado, así como de alguno o más de los componentes de la integridad del proceso electoral.