María Osorio | publicidadentremes@gmail.com
La Nueva Ley 468, que establece un nuevo régimen de interés preferencial para préstamos hipotecarios destinados a la compra de viviendas, fue sancionada por el presidente de República, José Raúl Mulino, con miras a dinamizar la economía.
La nueva norma introduce cambios importantes al incluir regiones geográficas para otorgar el beneficiario. Siendo Panamá y Panamá Oeste, la primer región y el resto del país, como la segunda región.
Cada región contará con tres tramos de precios y una tasa máxima subsidiada, con base en el monto del préstamo hipotecario y el área geográfica.
Para Panamá y Panamá Oeste:
En el Tramo Preferencia 1, con viviendas cuyo valor no supere los $50.000, el beneficio se extenderá hasta los ocho años, con una tasa subsidiada del 5%.
En el Tramo Preferencial 2, con viviendas cuyo precio oscile entre los $50.000 y $80.000, la tasa subsidiada será de 4.5%, por siete años.
Para el Tramo Preferencial 3, que va de $80.000 a $120.000, la tasa preferencial será del 4%, por cinco años.
Para el resto del país:
Se tendrá una tasa de subsidiada de 5.5%, por ocho años, para viviendas que no superen los $50.000.
Los beneficiarios del subsidio deberán ser ciudadanos panameños o extranjeros, con residencia permanente en Panamá. El Estado subsidiará hasta un máximo del 85% de la tasa ofrecida por la entidad financiera. El proyecto establece tres tramos preferenciales, dependiendo del precio de la vivienda.
Dispone además de un esquema de financiamiento para viviendas que prioriza a los sectores con menor capacidad adquisitiva y fortalece la transparencia en la asignación de los subsidios.
¿Qué pasa si ya tenía un proceso de compra?
Según consta en las disposiciones finales de la ley, los préstamos hipotecarios preferenciales que se otorguen a partir de la promulgación de la presente Ley hasta el 31 de diciembre de 2025 y se acojan a los beneficios de la Ley 3 de 1985, que tengan carta de promesa de pago y cuya inscripción sea hasta el 31 de diciembre de 2025, quedarán exentos del pago del impuesto de transferencia de bienes inmuebles.
Este documento consta de cuatro capítulos y 16 artículos; el primero corresponde a disposiciones generales, el segundo a requisitos y condiciones, el tercero se refiere a restricción a la aplicación de los préstamos hipotecarios preferenciales, y el cuarto a disposiciones finales.