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Consumidores deben conocer las condiciones de la garantía y solicitarlas por escrito, señala Acodeco

En Destacados, Economía
17 de enero de 2022
Consumidores deben conocer las condiciones de la garantía y solicitarlas por escrito, señala Acodeco

La garantía legal será mínima de tres meses, cuando se trate de bienes nuevos.

Redacción EntreMes / publicidadentremes@gmail.com

Ante las quejas de algunos consumidores sobre el incumplimiento de la garantía, la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco), señala que la misma constituye el respaldo que cuentan los consumidores, desde el momento que adquieren un producto o servicio.

La garantía asegura que el funcionamiento sea adecuado, cumpliendo con la finalidad establecida.  El fabricante, importador, distribuidor y el proveedor, están obligados a responder por la garantía de un bien al respectivo cliente.

Además, el consumidor podrá exigir directamente la garantía al fabricante o a cualquiera de los intermediarios.   El proveedor no podrá eludir la obligación de conceder la garantía otorgada al consumidor, so pretexto de delegarla en el intermediario o fabricante (art. 55 de la Ley 45 de 2007).

El proveedor y los intermediarios, no podrán proporcionar una garantía inferior a la que reciban del fabricante; pero podrán pactar una superior y estarán obligados a su estricto cumplimiento. 

La garantía legal será mínima de tres meses, cuando se trate de bienes nuevos, sin perjuicio que se pacte una garantía inferior dependiendo de la naturaleza y precio del bien. En cualquier caso, la misma se computará a partir de la entrega, alcanzando las partes convenir un plazo mayor de garantía, dependiendo del valor o complejidad del bien (artículos 20 al 31 del Decreto Ejecutivo N.º 46 de 23 de junio de 2009).

Existen 3 mecanismos de respuesta de los proveedores frente a sus obligaciones en la garantía, que son: reparación, reemplazo y devolución de la suma pagada.

Corresponde la reparación del bien en garantía, sin costo alguno para el consumidor, dentro del término de la misma.  En el caso de artefactos grandes, el retiro para el traslado al taller habilitado, es sin costo para el consumidor, desde el lugar en que fue entregado el bien al momento de la compra (dependiendo el análisis de cada caso).

El reemplazo de un bien, ocurre cuando se compruebe que el consumidor no lo haya podido utilizar desde un inicio; en caso de daño irreparable en el bien; efectuadas varias reparaciones al producto (se analiza cada caso); y cuando el proveedor excede el término de 30 días, para entregar debidamente reparado el bien al consumidor.

La devolución de la suma pagada se da cuando no es posible el reemplazo del bien en garantía, y cuando se excede el término de 30 días en dar respuesta al consumidor, mediante el reemplazo del producto.

Todo lo indicado, dependerá de la situación particular de cada queja sometida a conocimiento de Acodeco, en virtud de lo dispuesto en la Ley 45 de 31 de octubre de 2007. Además, es importante conocer las condiciones de la garantía, las cuales deben estar descritas en el respectivo certificado o instructivo.  Solicite la garantía por escrito, y en caso de alguna duda sobre la misma pregunte al vendedor o responsable de atención al cliente.​

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Etiquetas: acodecoconsumidoresderechoseconomíaLa ChorreraPanamá Oeste

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