La Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (Acodeco) recuerda a los planteles educativos que no pueden obligar a adquirir útiles escolares de determinada marca en comercios específicos o comprar los textos solo en el colegio, porque se estaría incurriendo en condicionar el servicio educativo con la denominada venta atada.
La entidad explicó que es válido recomendar, más no exigir marcas específicas ya que el padre de familia o estudiante debe tener la facultad de decidir qué comprar.
La venta atada es aquella situación donde la comercialización de un bien o prestación de un servicio está condicionada a que se compre o se adquiera otro bien o servicio, ajeno o diferente al primero. Igualmente, se da cuando se le obliga al consumidor adquirir determinado producto en un local, sin la opción de comprar en otro lugar.
Cuando la venta atada perjudique la libre elección de los consumidores y pueda reducir la competencia, se le considera perjudicial y es sancionable.
La norma que se refiere a la venta atada se encuentra en el artículo 36, numeral 15, de la Ley 45 de 2007, que establece como una obligación del proveedor “abstenerse de realizar acciones orientadas a restringir el abastecimiento, la circulación o la distribución de bienes o servicios, a través del acaparamiento o la venta atada o condicionada, salvo que medie justa causa”.
Si un consumidor considera que es afectado por una venta atada o condicionada, se recomienda que presente la denuncia, la cual puede ser anónima, pero debe detallar el nombre y ubicación del agente económico, así como la descripción de la falta. Estos son datos importantes, que ayudarán a verificar la denuncia.
Estas escuelas privadas no le paran bolas a nadie en este pais y como es un gobierno de empresarios no pasará nada. Seguiremos en las mismas en panamá.