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La aprobación de los códigos de zonificación para los proyectos habitacionales de interés social a nivel nacional, con un costo de hasta 70 mil balboas, fue aprobado mediante la Resolución No. 565 de 17 de septiembre de 2024 y publicada en la Gaceta Oficial No. 30131 de 2 de octubre de 2024.
Mediante esta nueva normativa emitida por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot), se aprueban códigos de zona para regular e incentivar los proyectos de construcción de unidades habitacionales de interés social en todo el territorio nacional.
A través de esta denominación se permite la construcción de vivienda unifamiliares, adosadas, en hileras y edificios de apartamentos, como actividades primarias y en complementarias el uso de la norma Residencial Básico Especial (RB-E) y comercio barrial de acuerdo al plan normativo que rige el área.
La densidad aprobada permite mil personas por hectáreas, área mínima por unidad de vivienda unifamiliar es de 150 metros cuadrados , las adosadas 120 metros cuadrados, en hileras 100 metros cuadrados y los edificios de apartamentos 500 metros cuadrados.
Sobre la altura máxima las viviendas, deben ser de planta baja y dos altos, mientras que a los apartamentos se les permite hasta cuatro altos.