Defensor del Pueblo acudió al Municipio para constatar la posible vulneración a los Derechos Humanos.
Redacción EntreMes / publicidadentremes@gmail.com


Tras la desición del alcalde de La Chorrera Tomás Veláquez de exigir constancia de vacunación contra la Covid-19 a los ciudadanos para ser atendidos en su despacho, el abogado Alexis Sinclair, emitió una nota pública donde le solicita suspenda, así sea provisionalmente su orden injustificada.
El documento señala que su medida viene acompañada de una serie de información legal, citada en la Constitución Nacional en la ley 48 y ley 1 de 2001, relacionadas al tema consistente de la Declaración de Derechos Humanos.
El jurista advirtió que esta medida tomando en cuenta que es servidor público, podría ser inconstitucional, pues sus obligaciones son atender consultas ciudadanas.
“Nuestro interés es que el señor Alcalde, tenga pleno conocimiento de las probables consecuencias jurídicas que pueda acarrear a futuro al mantener una decisión violatoria” expresó.
El burgomaestre durante la sesión del pasado Concejo Municipal defendió su postura al justificar que “uno de los principios básicos de la Constitución de la República es el derecho a la vida” y expresó que “si tú atentas contra mi vida, por supuesto que yo voy a restringirte a que vengas a conversar conmigo, ya que no sé de donde puedas traer el virus”.
Ante estas reacciones, el Defensor del Pueblo Eduardo Leblanc González, se presentó la tarde de este jueves al Municipio de La Chorrera para constatar una posible vulneración a los Derechos Humanos, por la supuesta decisión de no atender a los contribuyentes sin vacunación.
Aunque al llegar a su visita No se encontró con ningún letrero prohibiendo el ingreso o atención a las personas no vacunadas, hizo un llamado verbal a la directora administrativa, para que desistan de esa medida en el caso de haber existido de forma verbal, ya que el Alcalde no se encontraba en su oficina, destacó el Defensor del Pueblo.
La Ley 7 del 5 de febrero de 1997 por la cual se crea la Defensoría del Pueblo, le permite a la institución realizar inspección a cualquier entidad gubernamental para evaluar presunta vulneración de los derechos humanos.