Multas, bonos e indemnizaciones.
María Osorio / publicidadentremes@gmail.com
Debido a las constantes fallas en el servicio eléctrico, en localidades como Panamá Oeste, Panamá Norte, así como en otras áreas geográficas del país, surge el anteproyecto de ley “Que modifica artículos a la ley 6 de 1997, respecto a los daños causados por la interrupción en la prestación de los servicios públicos”.
La iniciativa busca que las afectaciones producidas por deficiencias del servicio eléctrico, sean resarcidas de manera oportuna, no solo a nivel residencial, sino comercial e industrial.
Su proponente la diputada del circuito 13-1, Yesenia Rodríguez, señala que por años la provincia de Panamá Oeste ha sido una de las más afectadas por apagones y fluctuaciones diarios, situación que ha causado daños en los electrodomésticos de los residentes, en la mayoría de los casos, sin que nadie se haga responsable de ello.
“De los siete días de la semana, cinco o seis tenemos fluctuaciones eléctricas. En mi caso particular, vivo en Cerro Silvestre y siempre mantenemos interrupciones esto trae pérdidas que afectan a la economía familiar”, acotó.
Afirma que el ente regulador no está cumpliendo la función para la que fue creado, además que las personas sienten que es una pérdida de tiempo elevar la queja con número de reporte, por lo que con esta modificación, se adiciona al artículo nueve una nueva función para la Autoridad Nacional de los Servicios Públicos (ASEP), que es la de realizar inspecciones de manera aleatoria, o por petición de forma escrita o a través de medios digitales, con el fin de verificar la calibración de los medidores a nivel nacional.
El documento también establece los deberes y derechos de los prestadores del servicio público de electricidad, como la de “Indemnizar por los daños y perjuicios ocasionados a las personas naturales y jurídicas, en su persona por lesiones o muerte, en sus bienes y/o sus actividades, por deficiencias en la prestación del servicio como fluctuaciones de voltaje o desperfectos técnicos o físicos en los postes de transmisión o distribución eléctrica o cables eléctricos, incluyendo los casos fortuitos”.
Y cuando se tratare de alimentos refrigerados, dañados producto de la falta de suministro eléctrico, la normativa establece que “la empresa distribuidora en compensación del daño causado, otorgará al afectado, una vez presente su reclamo formal ante la ASEP, en un término no mayor a 48 horas, un bono correspondiente a la suma de $ 250.00, para ser utilizado exclusivamente en supermercados a nivel nacional”.
La diputada mencionó que desde el pleno de la Asamblea ha hecho múltiples llamados para que los temas relacionados con la calidad del suministro de energía en esta provincia sean atendidos de forma eficiente.